A partir de ahora, ninguna compañía de telecomunicaciones lo llamará de vacaciones, para tomar una siesta o después de la cena. Movistar, Orange, Vodafone, MásMóvil y su reciente adquisición Euskaltel acaban de firmar un nuevo código ético para evitar prácticas agresivas de televenta. El problema es que las mismas empresas ya firmaron un acuerdo muy similar en 2010 que en general no han cumplido desde entonces, según grupos de consumidores, y han sufrido millones de usuarios en su experiencia diaria.
Orange y, sobre todo, su marca Jazztel, son las empresas que más practican el acoso telefónico, con llamadas telefónicas comerciales disfrazadas de múltiples tópicos de contacto: «Quiero enviarte la última oferta»; «Te llamo desde el departamento de calidad»; «Conoce la promoción …», según los estudios anuales que publica la Asociación por los Derechos Civiles, Económicos y Sociales (Adeces).
Pese a la firma de ese código, Jazztel ha recibido incluso varias multas por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ratificadas judicialmente por la Audiencia Nacional. Yoigo (MásMóvil), Vodafone y R (Euskaltel) siguen en este tipo de prácticas comerciales agresivas. El nivel de acoso telefónico es tal que varias empresas como O2 de Telefónica o PepePhone de MásMóvil han manifestado su compromiso de no molestar a los clientes con llamadas comerciales.
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El nuevo código tiene como objetivo mejorar y hacer más transparentes las prácticas de marketing de sus productos y servicios, ampliando los horarios en los que no se puede llamar al usuario frente a los previstos en el código 2010.
Por tanto, si hasta el día de hoy no es posible realizar llamadas antes de las 9 de la mañana o después de las 9 de la noche, ni fines de semana o festivos, a partir del próximo 1 de octubre, las llamadas comerciales están prohibidas de 9:00 a 21:00 horas.: 00 10 am, solo se permiten llamadas comerciales de 10 am a 9 pm. Además, a partir del 1 de enero de 2022, las llamadas comerciales están prohibidas de 15 a 16 horas.
Cabe recordar que la Ley del Consumidor, reformada en 2014, ya ha introducido una prohibición para que las empresas realicen llamadas comerciales entre las 21:00 y las 9:00, los fines de semana y festivos, sin excepción. En caso de incumplimiento, el usuario puede informar de los hechos a la AEPD.
Por otro lado, el código aumenta las garantías de que los consumidores incluidos en el Listas de Robinson (aquellas en las que los usuarios se nieguen a recibir comunicaciones comerciales de cualquier tipo) no serán contactados, el número de llamadas a consumidores no contactados se limita a tres intentos mensuales y se establece que cuando un cliente potencial no muestre interés en la propuesta comercial que se ofrece en una llamada, el operador no le devolverá la llamada dentro de los tres meses.
Para promover la transparencia, el código establece que los consumidores siempre pueden conocer el número de la empresa o el nombre de centro de llamadas desde el que se le contacta, junto con la marca y el motivo comercial por el que se le llama. También tendrán acceso a información sobre el origen de sus datos.
Los operadores se asegurarán de que el vendedor que realiza la llamada pueda proporcionar al usuario un número de teléfono para obtener información sobre cualquier otro producto o para realizar cualquier otra gestión comercial y de quejas con el operador.
A su vez, el consumidor siempre sabrá el número desde el que es llamado, la marca que lo está contactando y el motivo puramente comercial de la llamada. También tendrás acceso a información sobre el origen o base de datos de la que proceden tus datos y, en concreto, el nombre del responsable, tanto en el contexto de la televenta como en el envío de comunicaciones por medios electrónicos. Además, si estás interesado, puedes conocer el nombre de la empresa. centro de llamadas desde el que te están contactando.
Prácticas fraudulentas
Los operadores se comprometen a rescindir los servicios contratados como parte de una acción de televenta con fraude o acto contrario a los requisitos de buena fe, siempre que no se haya emitido más de una factura por dichos productos y servicios. La cancelación se realizará asegurándose de que el cliente no pierde conectividad ni asume ningún tipo de penalización económica. El operador receptor, al que devuelve el cliente, restablecerá el registro a la misma velocidad y condiciones que tenía antes de la migración o similar si hubiera desaparecido.
Los cuatro operadores que suscribieron el código ético pretenden detectar y eliminar cualquier práctica comercial que no cumpla con estos estándares regulatorios y éticos, realizando auditorías para comprobar que las acciones de los distribuidores y otras plataformas emisoras de llamadas no utilicen engaños, fraudes o medios injustos.
También se comprometen a poner en marcha un procedimiento conjunto para resolver rápidamente las quejas de posibles víctimas de prácticas comerciales contrarias al código de este documento.