abril 17, 2024

El crédito para la formación de empleados en ERTE estará entre 320 y 425 euros por persona | Economía

El crédito para la formación de empleados en ERTE estará entre 320 y 425 euros por persona |  Economía

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer el real decreto que recoge las nuevas condiciones de los expedientes reglamentarios del trabajo temporal (ERTE) en el contexto de la crisis del Covid que estará vigente desde el 1 de noviembre al 28 de febrero de 2022. Todas las empresas que ahora tienen uno de estos ERTE, así como aquellos que quieran utilizar uno nuevo, tendrán que volver a aplicar para todo el mes de octubre. Como novedad en estas ampliaciones, las empresas que formen a sus trabajadores tendrán exenciones del 80%; Mientras que si no imparten formación, esta exención de cuota se reduce al 50% en empresas con menos de 10 empleados y al 40% en las más grandes.

Este texto publicado en el BOE aclara algunas de las dudas sobre cómo deberían haber sido estos cursos de formación, que también fueron uno de los temas más rechazados por el empresario para sellar el convenio, por considerar imposible llevarlos a cabo. Asimismo, los sindicatos reconocieron la dificultad de su implementación.

Estas son algunas aclaraciones para la gestión de estos cursos conocidos ayer:

¿Qué empresas deberían capacitar a sus trabajadores para recibir exenciones de cuotas más altas?

Todos aquellos que en octubre soliciten autorización para la extensión de las prácticas regulatorias del trabajo temporal relacionado con la crisis pandémica y los que presenten y los que presenten un ERTE por impedimento o limitaciones a la actividad normalizada y tránsito entre ambos.

¿Qué tipo de formación debería ofrecer la empresa?

La empresa puede optar por cualquiera de las modalidades de formación profesional para el empleo a que se refiere la ley 30/2015. Se trata de formación subvencionada en la empresa o de programas de oferta diseñados por empresarios y sindicatos.

¿Para quién y cómo se pagarán los cursos?

La financiación de estas acciones formativas correrá a cargo de una aportación extraordinaria del Servicio Público de Empleo del Estado. Las empresas deben canalizar este coste a través de «un incremento del crédito para financiar acciones en el ámbito de la formación programada». De esta forma, las empresas ERTE que forman a sus trabajadores incrementarán el crédito que ya tienen anualmente -en función de cuánto paguen por la tasa de formación- en las siguientes cantidades: En empresas de 1 a 9 trabajadores, 425 euros por persona; en el que cuentan con una plantilla de 10 a 49 personas, 400 euros por trabajador; y en los de más de 50 empleados, 320 euros por cada formato.

¿La formación tiene que estar relacionada con la actividad de la empresa o del trabajador?

No. Pero las acciones formativas para atender las «necesidades reales» de la empresa y de los trabajadores serán prioritarias, incluidas las dirigidas a la formación digital y la empleabilidad de los trabajadores, «aunque no estén directamente vinculadas a la actividad que se desarrolla en la empresa», indica la norma.

¿Existe una fecha límite para realizar los cursos?

Sí. El plazo para la entrega de estas acciones vence el 30 de junio de 2022.

¿Cómo sabrá el Seguro Social si la empresa ha capacitado a sus empleados para aplicar una exención u otra?

Vencido el plazo para la realización de las acciones formativas (30 de junio de 2022), la Tesorería de la Seguridad Social comunicará al Servicio Público de Empleo del Estado la relación de trabajadores a los que las empresas han aplicado las exenciones del 80% desde el 1 de noviembre al 28 de febrero. Posteriormente, la SEPE «verifica» que se ha realizado la formación. Y si constata que las acciones formativas no existieron, la Seguridad Social lo notificará a la Inspección de Trabajo para que inicie el procedimiento sancionador y liquidativo para aplicar la diferencia con las exenciones menores que le corresponderían. Sin embargo, si la empresa puede acreditar que ha proporcionado los cursos a sus trabajadores, puede cobrar la exención más alta, incluso si el trabajador no ha asistido al curso.

¿Hay un mínimo de horas de formación a respetar?

Sí, pero solo para empresas con más de 10 empleados. Aquellos con 10 a 49 trabajadores deberán tomar cursos de al menos 30 horas; y empresas de 50 o más empleados, acciones formativas de al menos 40 horas.

SEPE pierde 1.500 soldados a pesar de su mayor carga de trabajo

Los representantes de la función pública de los sindicatos CSIF, UGT y CC OO se pusieron en pie de guerra estos días ante el inminente despido de otros 500 trabajadores del Servicio Público de Empleo (SEPE) hoy, 30 de septiembre, después de que ya 500 serán descontinuados el 30 de julio. También se espera que otros 500 empleados de este organismo sean despedidos el 30 de diciembre.

En total, SEPE perderá 1.500 empleados solo en la segunda mitad de este año, dejando su fuerza laboral total en alrededor de 6.500, una cifra incluso más baja que la que existía cuando estalló la pandemia.

Los sindicatos advierten que esta pérdida de prácticas y beneficios de trabajo a través de agencias de trabajo temporal calificado y experimentado (ERTE) podría hacer que SEPE colapsara incluso más de lo que sufrió durante unos meses de crisis. Esto ocurrirá porque se abre una nueva fase en la que todas las empresas con ERTE deberán volver a postularse en octubre y a partir del 1 de noviembre también los trabajadores de SEPE deberán participar en la gestión de la formación de los trabajadores afectados por un expediente normativo.

El 30 de julio fueron despedidos 500 trabajadores, la misma cantidad que serán despedidos mañana 30 de septiembre y 30 de diciembre. Hay 1.500 personas altamente calificadas y especializadas en reconocimiento ERTE. Con estos nueve empleados sangrando, la agencia se quedaría con 6.500 soldados, una cifra menor que cuando estalló la pandemia. La escasez de personal, el cansancio y la desmotivación de la plantilla por falta de soluciones dificultan mucho la realización de jornadas de diez y doce horas diarias. En estas circunstancias, no se puede gestionar la ampliación ERTES firmada por los agentes sociales y el Ministerio de Trabajo y Economía Social.