abril 25, 2024

En Maruxaina: un juez no ve delito en capturar imágenes íntimas de mujeres en la calle para subirlas a sitios pornográficos | Sociedad

En Maruxaina: un juez no ve delito en capturar imágenes íntimas de mujeres en la calle para subirlas a sitios pornográficos |  Sociedad

La lucha de unas 80 mujeres gallegas por identificar y sancionar penalmente a quienes grabaron sus partes íntimas en la calle con una cámara oculta y difundieron las imágenes en sitios pornográficos ha sufrido un revés judicial. El juez que investiga su denuncia por unos hechos ocurridos en el verano de 2019 en la Romería de A Maruxaina, en el municipio de San Cibrao (Lugo), desestimó los recursos y ratificó el sobreseimiento provisional de la causa que dictó el pasado mes de marzo. Ese expediente inicial que ahora insiste en el juzgado de primera instancia de Viveiro y la educación número 1 provocó una manifestación masiva el pasado mes de abril y desató la solidaridad con los afectados por organizaciones feministas, administraciones y partidos políticos. La decisión judicial se produce contra el criterio de la Fiscalía.

Más de un centenar de mujeres, entre ellas algunas menores, fueron filmadas en secreto en agosto de 2019 durante una romería marítima que reúne cada año a miles de personas en San Cibrao, una pequeña localidad del municipio de Cervo, en la costa lucense. Varias cámaras colocadas estratégicamente capturaron las partes íntimas y los rostros de las víctimas mientras orinaban en un callejón. Es un rincón hacia el que, debido a la falta de baños públicos, los hombres y mujeres que asisten a la fiesta suelen acudir en busca de intimidad para refrescarse. Sin embargo, solo ellos fueron registrados y las imágenes terminaron en sitios web pornográficos, muchos de los cuales recibieron pago.

Más información

El juez Pablo Muñoz Vázquez no aprecia un delito contra la privacidad en estos hechos porque las grabaciones clandestinas se realizaron en la vía pública y no en un lugar cerrado. Tampoco ve un delito contra la integridad moral porque «no se aprecia la tendencia a romper la resistencia física y moral» de los afectados, dice la orden notificada a principios de este mes y a la que tuvo acceso EL PAÍS. La sucinta resolución ejercita las sentencias de las Audiencias Provinciales de Pontevedra y Sevilla que establecen que “la obtención clandestina o irrelevante de imágenes en lugares públicos o al aire libre debe tener una respuesta extradelictiva”, es decir, por la vía civil.

El Fiscal no está de acuerdo con el magistrado. En el recurso de apelación contra la orden que el 15 de marzo cerró parcialmente el caso por primera vez, la Fiscalía valora el «incumplimiento» en la interpretación de los hechos y las normas aplicables por parte del titular del tribunal. “El derecho fundamental a la intimidad personal no es un derecho que se ejerza exclusivamente en ambientes privados o cerrados, sino un derecho de amplio contenido que la persona lleva consigo en cualquier momento, esté donde esté”, argumenta el fiscal, quien señala que Lo ocurrido en San Cibrao no tiene precedentes en los tribunales españoles y, por tanto, no existe jurisprudencia aplicable al caso.

Según el fiscal, las grabaciones clandestinas de A Maruxaina representan una invasión a la intimidad porque no fueron obtenidas por una persona que simplemente pasaba por el callejón donde orinaron las mujeres. Los realizadores buscaron un «foco o plano» específico para poder recoger las partes íntimas y rostros de las personas afectadas, lo que para la fiscalía equivale a ese «lugar fuera del alcance de terceros» que prevé el código penal para que hay crimen.

La asociación Mujeres en Igualdad Burela (Bumei), que apoya a las víctimas en su lucha judicial, ya interpuso un recurso ante la Audiencia Provincial de Lugo contra la orden de sobreseimiento. “No renunciaremos a nuestros esfuerzos. Solo pedimos que se haga justicia y que estos hechos no queden impunes porque crearían un precedente muy peligroso ”, advierte Mary Fraga, presidenta de la institución.

Los denunciantes defienden ante la audiencia que la captura y difusión de los videos de A Maruxaina son «humillantes, humillantes y amenazantes para el honor y la integridad moral» de los afectados. Al alegato del juez de que los videos fueron capturados en la vía pública, su apelación responde que el callejón donde se escondían las cámaras brindó a las víctimas «un contexto de estricta privacidad y remoción de lo que allí se hacía por terceros». Quienes filmaron sus órganos sexuales y rostros y luego los difundieron en Internet lo hicieron con «evidente bajeza moral», agrega, con la intención de «humillar, degradar o degradar» a las mujeres.