
El Parlamento comenzará en los próximos días a discutir el primer paquete de medidas de reforma de las pensiones acordado entre el gobierno, el empleador y los sindicatos en julio pasado. Este pacto, que vinculará las jubilaciones con la evolución de la inflación y prevé un aumento de las bonificaciones por aplazamiento de la jubilación, prevé también un endurecimiento de las sanciones para quienes decidan anticipar su jubilación profesional.
Este nuevo régimen, que tiene como objetivo aumentar la vida laboral de los españoles para acercar la edad real de jubilación a la legal, prevé una serie de coeficientes de reducción en caso de jubilación anticipada que dependerán del tiempo pagado: el recorte más agresivo se aplicará a quienes se anticipen a la jubilación y hayan cotizado con menos de 38 años y medio (la reducción oscilará entre el 3,26% y el 21%); en la segunda fase son los que han cotizado menos de 41 años y seis meses (del 3,11% al 19%); luego los que han cotizado menos de 44 años y medio (del 2,96% al 17%); y, finalmente, los que han cotizado más de 44 años y medio, que se arriesgarán a un recorte de entre el 2,81% (anticipar un mes) y el 13% (jubilarse dos años antes).
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Varias hipótesis
Estos coeficientes de reducción, a su vez, darán como resultado diferentes montos en función del monto de la pensión. Para una persona con menos de 38 años y medio de cotización, que tenga derecho a la pensión máxima (cuyo importe anual es de 37.567 €) y que haya decidido jubilarse dos años antes, el recorte sería de 7.889 €, quedando este pensión por 29.678 euros. Si, por el contrario, esta misma persona decidiera jubilarse un año antes en lugar de dos, la rebaja sería de 2.066 euros.
Finalmente, si este trabajador opta por anticipar su pensión en tan solo un mes (aplica una reducción del 3,26%), su pensión perdería 1.224 € anuales. Por su parte, para una pensión mínima (9.569 €) con carrera corta (menos de 38 años y medio de cotizaciones), la previsión de una pensión de dos años costará 2.009 € anuales. Si este mismo trabajador decidiera jubilarse un año antes, el recorte se quedaría en 526 € anuales.
Para otro profesional, en este caso una persona con una trayectoria profesional algo más larga, menor de 41 años y medio, que decida jubilarse dos años antes, el recorte será de entre 7.137 euros (en caso de pensión máxima) y 1.818 euros (mínimo). El adelanto de un año al final de la carrera profesional costará entre 1.972 y 502 euros.
En la tercera fase del aporte, para quienes no superen la barrera de los 44 años y medio, la sanción por jubilación dos años antes de la mayoría de edad (que actualmente es de 66 años, pero que avanzará progresivamente hasta los 67 años). en 2027), estará entre los 6.389 (como máximo) y los 1.626 euros. Con un año de antelación, el corte se reduce a un rango entre 1.878 y 478 euros.
Finalmente, para carreras cotizadas más largas, un adelanto de dos años supondrá una reducción de entre 4.883 € y 1.244 €. Jubilarse un año antes, por su parte, resultará en una sanción que va desde 1.784 (pensiones máximas) a 454 euros (mínima).
Jubilación después del despido
Otra posibilidad, aparte de las condiciones anteriores, es que el trabajador haya dado su consentimiento para la jubilación tras un despido, que en este caso podría anticiparse hasta cuatro años. Dependiendo del tiempo pagado, la jubilación cuatro años antes dará lugar a una sanción de entre el 30% y el 24% sobre el monto de la pensión; mientras que si el pensionado en cuestión llegara con solo un mes de anticipación, la penalización estaría entre el 0,63% y el 0,5%.
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