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Una penalista reconocida analizó la situación de Daniela Carbone y qué delitos le pueden imputar.
daniela carbonero, la azafata de Aerolíneas Argentinas detenida por una amenaza de bomba a un avión de esa línea, podría ser condenada por al menos dos delitos distintos. Si el panorama del proceso conocido es complicado, en caso de ser condenada es muy probable que reciba una pena mayor a tres años, lo cual significa una pena inexcusable.
Of probarse la culpabilidad de la azafata, las penas que se manejaron por los delitos que habrían cometido no son tan graves. adams, Carbone no tiene antecedentes.
Eduardo Gerome, abogado penalista y ex juez de instrucción, analizó la situación y aseguró que “se puede abrir un abanico de posibilidades«.
Desde su punto de vista, a Carbone podría imputarle dos delitos. Uno es el artículo 194 del Código Penal, que dice que quien «sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua , de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años«.
«Non es una pena tumba. es excarcelable. Si no tenés antecedentes, no te dan una pena alta. Por lo general, si es menor de tres años, te dan la condena en suspenso”, agregó Gerome.
Otro es el delito que tipifica el artículo 211: «Será reprimido con prisión de vuelta a seis añosel que, para infundir un temor público o despertar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarmaamenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente adecuados para producir tales efectos».
Gerome retoma que en este caso «sus delitos contra la seguridad pública», pero también señala que «la pena sigue en gran parte excarcelable porque se supone que no tiene antecedentes para que se le aplique una pena mayor».
Por otro lado, explique si el avión se hubiera despegado, la situación de la azafata hubiera sido mucho más grave. «Si sale el avión y apenas sale se enteran de la amenaza de bomba, la imputada estaría ahora más complicada» ya que «el piloto no va a conducir el avión con normalidad. Por el susto, podría poner en peligro el vuelo. Podría darse cuenta la posibilidad de que el avión estuviere en peligro. En este caso, se suplantará el artículo 194 por el 190, que tiene una pena de hasta ocho años».
La competencia real
Se cree que Carbone podría ser condenada por estos dos artículos. En este caso hay un concurso real de delitos, los cuales se suman de una forma particular. «Usually se toma en cuenta las dos penas mayores de los dos artículos. Con lo cual sería una pena de entre dos y seis años», analiza.
No obstante, el penalista cree que «seguramente no le van a dar una pena que exceda los tres años». Pero sí toma en cuenta que la azafata podría sufrir otros medios de represión como podría ser un castigo pecuniario. Es decir una demanda millonaria, por parte de Aerolínea Argentina. «Los pasajeros podrían exigir a la empresa y esta a su vez, a la imputada», señala.
En caso de ser condenada con una pena menor a tres años, Carbone podría volver a poder llevar allí una vida normal. Pero pendante ese tiempo, lo que no puede hacer es volver a cometer un delito. «Si lo hace, perderá la posibilidad de cumplir en forma condicional y además se la van a sumar las condenas«, agrega el penalista.
Specula que además de la pena, el juez a cargo de la causa podría pedir un tratamiento psicologico. «Las penas tienen una función social, que es mostrarle a la gente las consecuencias de comer un delito. Por eso importante qu’un juez appli la pena correspondiente para dar un ejemplo de que los delitos se pagan“Cierra Gérôme.
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