mayo 20, 2024

Corte Suprema prohíbe a la empresa dar propina a los empleados por no notificar su decisión a tiempo | Economía

Corte Suprema prohíbe a la empresa dar propina a los empleados por no notificar su decisión a tiempo |  Economía
Un camarero en una fábrica de Alicante el 7 de julio.
Un camarero en una fábrica de Alicante el 7 de julio.EFE

En septiembre de 2018, empleados de la empresa asturiana de restauración Serunión vieron desaparecer las latas de propinas de los comedores donde trabajaban de noche. “Nuestra mejor recompensa es que vuelvas a visitarnos, por eso no aceptamos propinas”, rezan los carteles que la dirección ha dispuesto para colgar en los restaurantes de los hospitales donde opera. La empresa decidió retirar estas bonificaciones para facilitar la gestión del efectivo en las fábricas, pero no se había comunicado previa y formalmente a sus empleados, por lo que ahora el Tribunal Supremo ha obligado a la empresa a dar marcha atrás y volver a aceptarlas.

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Los magistrados de la Sala de lo Social han establecido que las propinas son parte de las condiciones laborales, por lo que deben regirse por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que establece que los cambios colectivos deben ser comunicados a los trabajadores. 15 días de anticipación. Aunque las propinas no se clasifican literalmente como condiciones de trabajo en la ET, el Tribunal Supremo entiende que «la lista de condiciones de trabajo del artículo 41 es meramente ejemplar, por lo que se pueden integrar en este concepto aspectos del contrato de trabajo distintos de la retribución».

Otra condición que exige el cumplimiento de un protocolo, que prevé la notificación previa a los empleados, es la modificación sustancial de las condiciones laborales, que también entraría en este caso: «La eliminación de esta oportunidad de lucro por parte de la empresa [la propina] constituye un cambio significativo, no tanto en su dimensión económica (siempre incierta) sino en los aspectos vinculados al entorno laboral y la existencia de incentivos o retribuciones honoríficas ”, se lee en la carta.

Los jueces de la Corte Suprema aprovecharon para advertir en la sentencia que los trabajadores con contrato de duración determinada no pueden ser excluidos de estos consejos, ya que hasta septiembre de 2018 solo tenían acceso a este bono los trabajadores fijos, que obtuvieron acceso a este bono. 100 euros más al año así.

Las propinas se pueden retirar siguiendo el protocolo

Pese a lo dicho, los magistrados subrayan en la sentencia que es posible prohibir las propinas en una empresa, siempre y cuando esté de acuerdo con las pautas señaladas por el ET: «Seguramente el empleador es quien posee, en principio, el ordenar los medios materiales y humanos para el desarrollo de la actividad productiva (…). Por tanto, es posible que imponga determinadas pautas de conducta en su entorno de producción, como la prohibición de recibir obsequios. [propinas] de terceros «.

El asunto llegó al Tribunal Supremo en forma de casación luego de que el Tribunal Supremo de Justicia de Asturias (TSJA) acordara con la empresa de restauración en 2019. Este tribunal argumentó que debido a que las propinas no están literalmente reconocidas en la ET «no requiere el empresario para cumplir con los requisitos para un cambio sustancial en las condiciones de trabajo «.

Argumento incorrecto, según la nueva sentencia del Tribunal Supremo, que considera que el Tribunal Supremo de Asturias «dedujo el carácter extrasalarial y la ontología muy libre de la propina [depende de la voluntad de los clientes] la imposibilidad de que constituya una condición de trabajo cuya alteración debe estar sujeta a las reglas de esa figura ”.