marzo 28, 2024

Piscina privada e intrusión de un niño

I¿Deberían los propietarios de piscinas privadas accesibles desde la vía pública considerar la hipótesis de que un niño pequeño podría entrar en su casa, sin su conocimiento, y ahogarse? Para evitar cualquier persecución, ¿deben cubrir sus piscinas con una lona rígida tan pronto como se alejan de ella? Esta es la pregunta que plantea el siguiente caso.

El 19 de abril de 2015 por la mañana, el Sr. X, propietario en Pas-de-Calais, retiró la lona rígida regulador que cubre su piscina, para limpiarla y nadar en ella por la tarde. Antes de ir a almorzar, lo cubre con una simple lona de «burbuja». », destinado a dejar pasar los rayos del sol y calentarlo. Alrededor de las 2 p. m., se entera de que sus vecinos están buscando a un niño de 2,5 años que desapareció mientras sus padres visitaban su casa. Lo encuentra sin vida, debajo de la lona – el niño morirá diez días después.

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Los padres del niño tienen la X citada ante el tribunal correccional de Béthune, por homicidio involuntario. Les acusan de haber cometido una falta de imprudencia al no volver a colocar la lona rígida, entre el mediodía y las dos, mientras vivían en una urbanización «a la americana», es decir sin valla en la parte delantera de las casas (la jardines separados por setos), para que cualquier persona pueda acceder a su piscina desde la vía pública.

Los X responden que deben vigilar a su hijo, ya que vieron que podía salir libremente a la calle y correr el riesgo de ser derribado allí. El tribunal los absuelve, después de señalar que “tener equipos que cumplan con los estándares”, y que “el nexo de causalidad entre la conducta que se les imputa y la muerte del joven [enfant]si se deja desatendido, no se establece”.

“Arrancando las adelfas”

Los padres aún asignan las X al tribunal de grande de Béthune, reclamándoles unos 180.000 euros. El tribunal les recuerda, 15 de octubre de 2019, que lo juzgado en la causa penal es vinculante en la civil. El Tribunal de Apelación de Douai (Norte), que luego incautó, afirma, 15 de abril de 2021eso« el no pertenecias [aux X] considerar la presencia de un niño pequeño en su propiedad privada, además sin la presencia de sus padres «. Ella considera que un » error « sólo podía ser utilizado en contra de ellos «si hubieran salido de su propiedad sin asegurarse de que su piscina estaba debidamente cubierta».

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El Tribunal de Casación aprobó su razonamiento el 9 de marzo de 2023 (21-18.713), aunque el abogado de los padres, el Sr.mi François Pinatel, sostuvo que la lona rígida debe ser reemplazada » desde que « la piscina no se utiliza. Parece haber escuchado al abogado X, M.mi Louis Boré, según el cual «los propietarios de un edificio no pueden garantizar la seguridad de las personas que puedan entrar en él sin su conocimiento».

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